Una sentencia del Tribunal Supremo considera que las conducciones de gas son construcciones a los efectos de determinar el importe de las tasas por la utilización o aprovechamiento especial del dominio público.
Tiene que ver con la aplicación de la Ordenanza Fiscal de 2014, reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, aprobada por el Pleno del Concello de Arteixo , A Coruña.
Es la Sentencia 2725/2016 de la Sala de lo contencioso-administrativo.