Los Ingenieros Técnicos y los Ingenieros Industriales pueden realizar Informes de Evaluación Energética de Edificios según Sentencia del Tribunal Supremo que desestima el recurso interpuesto por el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España contra el RD 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.