Se reduce el Período Medio de Pago a proveedores, según el Observatorio de la Morosidad de CEPYME

La Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), ha presentado en rueda de prensa el informe del Observatorio de la Morosidad correspondiente al primer trimestre de 2023, con datos de la evolución de la morosidad empresarial en dicho período:

  • Se ha reducido el Período Medio de Pago (PMP) porque las empresas tratan de evitar la erosión del valor real de los cobros pendientes que provoca la inflación, así como paliar el aumento del coste financiero de la deuda comercial. Si bien en el primer trimestre de 2023 éste ha subido respecto al trimestre anterior (de 80,3 días a 82,1 días), por la estacionalidad propia del comienzo de ejercicio, sin que pierda el indicador la tendencia descendente.
  • El Precio Medio de Pago subió en la industria (PMP) y bajó en los restantes tres grandes sectores (servicios, construcción y agroalimentario). Sin embargo, la subida en la industria obedece a un atípico movimiento del PMP de la rama de electricidad, gas y agua. Si se excluyera dicho subsector, la industria tendría una reducción de su PMP de casi un día.
  • Mientras las grandes empresas pagaron más de 30 días después del vencimiento el 6,9% de las facturas (proporción que fue 6,7% en el caso de las empresas medianas), las microempresas hicieron lo propio con el 12,5% de las facturas.

La morosidad, un problema para las pymes

El presidente de CEPYME, Gerardo Cuerva, señaló en este mismo acto que la morosidad es un factor que lastra la productividad, la competitividad y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas por lo que la lucha contra ella es un factor capital para su organización. Instó a que las autoridades comunitarias aprueben cuanto antes la nueva directiva europea sobre morosidad que debe servir, dijo, para establecer unas reglas de juego claras en este asunto que vayan más allá de lo que es un mero marco de sanciones para los incumplidores. “Solo con un régimen sancionador el problema de la morosidad no se va a solucionar”, señaló.

Desde CEPYME se está trabajando para que esta próxima norma sobre morosidad que se está preparando en Europa se acerque a la realidad de las pymes, subrayó el presidente.

Además del presidente de CEPYME, Gerardo Cuerva, en el acto estuvieron presentes el presidente del Observatorio de Morosidad, Luis Collado, así como el presidente de CONAIF, Francisco Alonso y el presidente de Anfalum y UNE, Alfredo Berges, ambos miembros también del Observatorio.

MAKER FAIRE GALICIA 2023: XORNADAS DA INDUSTRIA

MAKER FAIRE GALICIA 2023

Xornadas da Industria

O vindeiro 1 de xuño, a partir das 9:00 h, na Cidade da Cultura, terán lugar as Xornadas da Industria, dentro das actvidades programadas na Maker Faire Galicia 2023, unha das actuacións incluídas na iniciativa CAPACITA DIRECTIVOS, programa de colaboración entre a Xunta, a Asociación para o Progreso da Dirección, o Círculo de Empresarios de Galicia e Nordés Club Empresarial.

A Maker Faire Galicia 2023 é un punto de unión de empresas e startups. No marco do desenvolvemento do ecosistema empresarial actual, a simbiose entre empresa-startup ou empresa-makers está cobrando cada vez maior protagonismo entre as compañías, que a ven como unha oportunidade para aprender, innovar, crecer e ser más sostibles.

As startups e os makers contribúen á transformación da nova industria 5.0, que ten como obxectivo o desenvolvemento das empresas sostibles e o benestar das persoas. Por iso, este ano as xornadas da industria da Maker xirarán en torno a temas tan relevantes como á intelixencia artificial, a biotecnoloxía, a inclusión, a enerxía e os videoxogos, tan de actualidade e relevancia nos debates e foros empresariais.

Xornadas da industria, 1 de xuño: Aproveita a ocasión e ven a aprender cos expertos e expertas de primeiro nivel procedentes de multinacionais ​e compañías líderes en España​.

Código de invitación Igape: I23IWQMN

MÁIS INFORMACIÓN E INSCRICIÓNS

CONVENCE – Grupo Isonor l Ayudas para la conciliación de la persona trabajadora autónoma de la Comunidad Autónoma de Galicia – TR341R – Plazo hasta 29 de septiembre de 2023

Se remite información de la convocatoria de las AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA PERSONA TRABAJADORA AUTÓNOMA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA-  TR341R  DOG núm 95 de 22 de mayo de 2023

Le recordamos que desde Convence – Grupo Isonor tramitamos y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.

A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:

Beneficiarios

Las personas trabajadoras que estén dadas de alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar como personas trabajadoras por cuenta propia, así como las personas mutualistas.

También pueden ser beneficiarias las personas miembros de las sociedades mercantiles, laborales y civiles y comunidades de bienes, a título individual.

Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener su domicilio fiscal en Galicia.
  • Bono autónomo Concilia I: La persona solicitante tuvo que estar previamente de baja por maternidad o paternidad, o situaciones asimiladas. En el plazo de un año desde la finalización del período de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento, se debe realizar un contrato de cualquier modalidad con el compromiso de una duración mínima de seis meses. La contratación debe realizarse con una persona desempleada, entendiendo como tal a una persona sin ocupación según la vida laboral e inscrita en la oficina de empleo. No es necesario que cumpla estos requisitos si la contratación se realiza con la misma persona que estaba contratada por sustitución de la persona trabajadora autónoma por maternidad o paternidad.
  • Bono autónomo Concilia II: El solicitante tiene que acreditar su relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y/o, en su caso, la acreditación de la convivencia en el mismo domicilio que la persona menor, mayor y/o persona dependiente o con discapacidad igual o superior al 33 %, como mínimo, en los tres últimos meses anteriores a la presentación de la solicitud. La contratación debe realizarse con una persona desempleada, entendiendo como tal a una persona sin ocupación según la vida laboral e inscrita en la oficina de empleo.
  • Bono autónomo Concilia III: La persona solicitante tendrá que acreditar la contratación de un centro o de un servicio de cuidado de menores, mayores y /o persona con discapacidad o dependencia. El solicitante tiene que acreditar su relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y/o, en su caso, la acreditación de la convivencia en el mismo domicilio que la persona menor, mayor y/o persona dependiente o con discapacidad igual o superior al 33 %, como mínimo, en los tres últimos meses anteriores a la presentación de la solicitud. En caso de menores acogidos no será necesario acreditar la convivencia previa.

Acciones Subvencionables

  • Bono autónomo Concilia I: Las contrataciones que se realicen para apoyar a la persona autónoma en su negocio una vez finalizada su baja por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, con una duración mínima de seis meses, que se inicien entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023.
  • Bono autónomo Concilia II: La contratación realizada por una persona trabajadora autónoma para apoyar el cuidado de menores, mayores, personas con discapacidad y/o dependientes, con una duración mínima de seis meses, para las contrataciones que inicien entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023.
  • ​​Bono autónomo Concilia III: Los gastos de servicios de cuidado de personas menores, mayores y/o con discapacidad o dependencia realizados en el periodo entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023.

Plazo de Presentación

  • Desde el 23 de mayo de 2023 hasta el 29 de septiembre de 2023

Cuantía de la ayuda

  • Bono autónomo Concilia I: 500 € por mes completo, según la duración indicada en la comunicación de la contratación, con un máximo de doce meses de contratación. Cuanto se trate de contrataciones con una jornada a tiempo parcial, la cuantía será proporcional al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, en la jornada máxima legal.
  • Bono autónomo Concilia II: 500 € por mes completo, según la duración indicada en la comunicación de la contratación, con un máximo de doce meses de contratación. Cuanto se trate de contrataciones con una jornada a tiempo parcial, la cuantía será proporcional al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, en la jornada máxima legal.
  • Bono autónomo Concilia III: 75 % del coste del centro o del servicio de cuidado de menores, mayores y/o personas con discapacidad o dependientes, hasta un máximo de 3.000 €.
  • Los tres tipos de bonos Concilia son compatibles entre sí.

Presupuesto

  • 1.000.000,00 euros

Documentación

Concurrencia no competitiva (por orden de entrada)

¿Quieres saber más?

¡INFÓRMATE YA!

AGASCA COMUNICA: Noticias publicadas en diversos medios.

Galicia a la cola de España y Europa en la implantación del coche eléctrico

Medio: Atlántico

La economía gallega acelera en su mejor inicio desde 2018

Medio: El Progreso

Galicia pionera en la repotenciación de parques eólicos

Medio: El Correo Gallego

Las empresas gallegas asumen que no cubren vacantes por los salarios y las condiciones laborales

Medio: La Voz de Galicia

Vidrio, aluminio y acero se fabricarán con hidrogeno verde en menos de un año

Medio:La Voz de Galicia

CEOE revisa las previsiones económicas para 2023: Crecimiento del empleo y PIB en aumento

Medio: Economía Digital

La revisión del reglamento de gases fluorados

Desde hace varios años, la Comisión Europea viene trabajando en la revisión del reglamento de gases fluorados, conocido como F-Gas. Este reglamento regula la comercialización de los gases fluorados de efecto invernadero a través de prohibiciones y restricciones. Concretamente, establece un sistema de cuotas de hidrofluorocarburos que pueden comercializarse en el mercado comunitario cada año. El reglamento actualmente vigente se aprobó en 2014, y la Comisión Europea publicó en abril de 2022 la propuesta de revisión del reglamento. Recientemente, en marzo el Parlamento, y en abril el Consejo, han hecho públicas sus posturas.

La revisión del reglamento F-Gas

La propuesta de la Comisión para la revisión del reglamento F-Gas introducía alguna nueva prohibición sobre las que ya estaban vigentes; pero sobre todo establecía un calendario más acelerado de reducción de los hidrofluorocarburos (HFC). Siguiendo el proceso legislativo de la Unión Europea, esta propuesta de la Comisión debe aprobarse por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE. El parlamento ha presentado en marzo una serie de enmiendas para añadir nuevas prohibiciones, pero estas deben consensuarse entre las partes. Por su parte el Consejo también ha presentado su informe.

La Comisión, el Parlamento y el Consejo aún no se han puesto de acuerdo en muchos términos, pero en lo que sí coinciden es en la drástica reducción de la cuota anual de HFC que se podrán comercializar en la UE en los próximos años. El reglamento de 2014 establecía un calendario de reducción por etapas hasta aproximadamente la mitad de la actual cuota de HFC en 2030. Este calendario debía ser revisado para cumplir con los objetivos de Kigali a partir de 2034. Sin embargo la revisión de la F-Gas propone un calendario mucho más agresivo: se reduciría la cuota aproximadamente a la mitad cada 3 años, hasta la práctica erradicación de los HFC.

Evolución del consumo de gases fluorados en España

Desde que en 2015 el reglamento F-Gas entrara en vigor ha sido posible reducir el consumo anual de estos gases en España, medidos por su efecto invernadero, desde 32 a 12 millones de toneladas equivalentes de CO2. Esto ha sido en gran parte posible gracias a los gases sustitutivos de moderado efecto invernadero.

Sin embargo, el consumo de gases fluorados parece encontrarse estancado en los últimos cinco años. Y es que ya no existe gas sustituto que valga para reducir aún más el efecto invernadero. La refrigeración sigue siendo el gran sector de demanda, y la reducción en el consumo de gas por el lento ritmo de transformación de este sector a soluciones alternativas se contrarresta por el aumento de la actividad.

El siguiente gráfico muestra la evolución del consumo de hidrofluorocarburos en España desde 2014 hasta 2021. Ha sido elaborado con datos extraídos del Inventario Español de Gases de Efecto Invernadero. El gráfico recoge tanto el gas incorporado en equipos nuevos, como las fugas de gas de equipos existentes. Estas últimas principalmente se deducen del consumo de gas para mantenimiento del parque de equipos. La gráfica se compara con la reducción de cuotas del reglamento F-gas para toda la UE, que se representa en otra escala en el eje de la derecha. Se han superpuesto ambas gráficas para hacer coincidir aproximadamente el consumo en España de 2021 con la cuota disponible ese año para toda la UE.

Evolución y proyección futura del consumo de HFC en España vs cuotas de F-Gas en la UE. Elaboración propia a partir de los datos del Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero de 2023.

El fin de los gases fluorados

Para 2024, 2027 y 2030 se ha hecho el ejercicio de proyectar la demanda futura de gas fluorado en el mercado Español. La proyección tiene en cuenta la aplicación de las futuras prohibiciones de uso y las necesidades de mantenimiento del parque de equipos. Esto nos permite comparar la evolución de la demanda esperada con la evolución de la cuota disponible para la UE.

En el mejor de los escenarios, el sector podría amoldarse al calendario de reducción inicial del reglamento F-Gas de 2014; pero la inminente revisión del reglamento con la aceleración del calendario daría lugar a un déficit de oferta de gas fluorado a partir de 2024. Mucho peor será a partir de 2027, donde apenas se cubriría la demanda de gas para recarga de los equipos existentes; mientras que en 2030 ya no habría gas ni para mantenimiento del parque de equipos.

Por lo pronto esto ya ha iniciado la escalada del precio del gas fluorado hacia final de año. Pero lo importante es que tenemos que ser conscientes de que estamos asistiendo al declive de los gases fluorados, y que todo el sector necesita adaptarse ya a las soluciones alternativas: glicol, R290, CO2 y amoniaco.

NP_Nuevo calentador Hydro 4200 de Junkers Bosch, reducido tamaño y máxima eficiencia

Nuevo calentador Hydro 4200 de Junkers Bosch, reducido tamaño y máxima eficiencia

  • El nuevo calentador de Junkers Bosch ofrece elevada eficiencia en un diseño compacto.
  • Una instalación rápida y sencilla, la gran ventaja del nuevo calentador.

Madrid, 29 de mayo de 2023. La eficiencia energética es clave a la hora de seleccionar qué equipos instalar en nuestro hogar, ya que permite reducir la inversión económica. En este sentido, disminuir y optimizar el consumo energético, es esencial para alcanzar un óptimo nivel de confort.

Por ello, Junkers Bosch incorpora un nuevo calentador atmosférico de 10 litros con encendido por baterías y clasificación energética A. El nuevo modelo Hydro 4200 destaca por su reducido tamaño que, con tan solo 580 mm de altura, ofrece grandes beneficios en cuanto a las posibilidades de instalación.

Además, sus bajas emisiones de NOx reducen el impacto medio ambiental, lo que le sitúa a la vanguardia del mercado y se convierte en la opción perfecta para aquellos que buscan una solución eficiente y sostenible en el reemplazo de sus equipos.

Sus sensores internos adicionales, así como la modulación automática de llama, proporcionan mayor seguridad y protección ante problemas de funcionamiento, garantizando un control preciso de la temperatura, adecuando la producción de calor a las necesidades y demandas de cada situación.

Su instalación es rápida y sencilla gracias a que mantiene las mismas conexiones de agua y gas de los calentadores Junkers de siempre, lo que convierte al calentador Hydro 4200 en la solución adecuada para reemplazar un modelo anterior.

Sin duda, el nuevo calentador con un cuidado diseño y exclusivo de Bosch, pone de relieve la apuesta de Junkers Bosch por la sencillez y la eficiencia.

Para más información sobre el nuevo calentador, consulte la web de Junkers Bosch. 

Nuevas normas para maquinaria: el Consejo da su visto bueno definitivo

● Consejo de la UE
22/05/2023 10:08 | Comunicado de prensa |

Nuevas normas para maquinaria: el Consejo da su visto bueno definitivo

El Consejo ha adoptado hoy el nuevo Reglamento sobre máquinas. La legislación propuesta actualiza la directiva de máquinas de 2006 y la transforma en un reglamento. El nuevo texto armoniza los requisitos esenciales de salud y seguridad para la maquinaria en la UE, promueve la libre circulación de maquinaria y garantiza un alto nivel de seguridad para los trabajadores y los ciudadanos.

«Las normas actualizadas permitirán que la industria europea opere bajo un marco legal nuevo y mejorado. Garantizarán un alto nivel de protección para nuestros trabajadores y nuestros ciudadanos, al tiempo que aumentarán la competitividad y la reputación de la maquinaria fabricada en la UE».
Paulina Brandberg, Ministra de Igualdad de Género y Vida Laboral

Requisitos de conformidad y documentación

El reglamento adoptado hoy hace obligatoria una evaluación de la conformidad por parte de terceros para seis categorías de maquinaria de «alto riesgo».

La información de seguridad deberá proporcionarse con cada producto, pero en línea con la transición digital, la regulación establece que las instrucciones digitales serán la opción predeterminada. Las instrucciones en papel seguirán siendo una opción para los clientes que las soliciten.

Leer más

ENCONTRO EMPRESARIAL: 15 TEMAS ESTRATÉXICOS PARA O FUTURO DE GALICIA

ENCONTRO EMPRESARIAL:

15 Temas estratéxicos para o futuro de Galicia

O vindeiro mércores 24 de maio, ás 9:30 h, na sede do Círculo de Empresarios de Galicia en Vigo, terá lugar o primeiro dos encontros no marco do programa Capacita Directivos 2023.

A Xunta de Galicia, a través do Igape, o Círculo de Empresarios de Galicia, Nordés Club Empresarial e a Asociación paro o Progreso da Dirección (APD), colaboran no programa Capacita Directivos 2023: Empresa intelixente, competitividade e crecemento empresarial de Galicia, co obxectivo de axudar a consolidar unha industria galega competitiva nun mercado global e profundar en liñas estratéxicas que fortalezan un crecemento intelixente e sostible.

‘Empresa intelixente: competitividade e crecemento empresarial en Galicia’ é unha iniciativa de colaboración público-privada que contempla a organización e desenvolvemento de encontros empresariais en distintos puntos de Galicia, coa finalidade de concienciar, reflexionar, debater, compartir experiencias e promover a colaboración entre empresas, administracións, universidades, centros tecnolóxicos ou clústeres.

15 Temas Estratéxicos para o futuro de Galicia: un percorrido polos quince sectores que se puxeron en valor durante as edicións 2020, 2021 e 2022, con participación de importantes actores de cada un deles: o futuro da moda, biotecnoloxía e ciencias da vida, o futuro da mobilidade, tecnoloxías da información e comunicación, o sector alimentario, enerxías renovables e economía circular, sector aeronáutico e aeroespacial, a loxística do futuro, o turismo, e a silver economy, mobilidade avanzada e sostible, economía circular, medicina personalizada e de precisión, campo e mar (sector primario) e industrias creativas.

MÁIS INFORMACIÓN E INSCRICIÓNS

CONVENCE – Grupo Isonor l Subvenciones Financiación IGAPE-PYMES – IG535A – CCAA de GALICIA – Plazo presentación hasta el 29 de Septiembre 2023

Se remite información de la convocatoria de AYUDA EN EL MARCO DE APOYO AL ACCESO AL CRÉDITO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS  EMPRESAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA – IG532A– DOG núm 90 de 11 de mayo de 2023.

Le recordamos que desde Convence – Grupo Isonor tramitamos y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.

A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:

Beneficiarios

Las pequeñas y medianas empresas legalmente constituidas que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad económica en Galicia, pudiendo ser personas físicas o jurídicas, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes y sociedades civiles.

​EXCLUSIONES:

  • La fabricación de armamento, armas y municiones, las instalaciones o infraestructuras militares o policiales.
  • Los juegos de azar con las instalaciones conexas.
  • La producción, transformación o distribución de tabaco.
  • Las actividades cuyo impacto sobre el ambiente solo puede ser atenuado o compensado en muy escasa medida.
  • Las actividades que puedan ser controvertidas por razones de orden moral o ética.
  • Las actividades cuyo único propósito sea la promoción inmobiliaria.

Tampoco tendrán la condición de beneficiarias las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación de ayudas, consecuencia de una decisión de la Comisión Europea, o las que estén inmersas en un procedimiento de insolvencia o reúnan los requisitos para someterse a un procedimiento de quiebra o insolvencia por petición de sus acreedores.

Modalidad de Financiación (Reaval Crecimiento)

  1. Objeto: Favorecer el acceso a préstamos a largo plazo para financiar inversiones productivas y/o circulante estructural por parte de las pymes gallegas.
  1. Modalidad de la ayuda: Se bonificará el tipo de interés que aplique la entidad de crédito adherida y la comisión de aval de la SGR en los términos indicados.
  2. Requisitos específicos de la persona beneficiaria: deberá formalizar o haber formalizado un préstamo a largo plazo a avalar en el que un mínimo del 40 % de su principal será aplicado a financiar inversiones productivas y/o capital corriente. Se entiende por inversiones productivas la adquisición y/o construcción de bienes tangibles cuyo uso previsto por la persona beneficiaria sea la producción o suministro de bienes o servicios, o para fines administrativos, referidos a cualquier inmovilizado material necesario para el desarrollo de la actividad.
  • Se entiende por capital corriente el pago de los siguientes conceptos de gasto: compras de materias primas, otros aprovisionamientos y mercancías, gastos de personal, impuestos y otros gastos de explotación.
  • Bienes intangibles como investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial o intelectual, derechos de traspaso, y aplicaciones informáticas.
  1. Un máximo del 60 % podrá ser aplicado a la cancelación de deudas con entidades financieras no avaladas por la SGR que conceda la operación, siempre y cuando se corresponda con el pago de cuotas de préstamos y leasing, así como el pago de saldos dispuestos de pólizas de crédito, siempre que estas incrementen su disponibilidad y se mantengan abiertas hasta su vencimiento.
  2. Los préstamos también podrán destinarse a la cancelación o reestructuración de deudas bancarias avaladas por la SGR que conceda la operación.

SE EXCLUYEN.

  • Las inversiones inmobiliarias, entendiendo como tales los activos inmuebles que se adquieran para obtener rentas, plusvalías o ambas.
  • Inversiones financieras.
  • La adquisición de elementos de transporte en las empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.

​REQUISITOS DE LOS PROYECTOS A FINANCIAR:

  • Los bienes objeto de inversión o gasto deberán ser adquiridos en propiedad a terceros por la persona beneficiaria. La persona beneficiaria deberán ostentar la propiedad plena antes de la finalización del plazo de disposición y utilización de los fondos.
  • Los bienes usados podrán ser financiados siempre que se acredite mediante certificado de un tasador independiente que el precio no supera el valor de mercado y es inferior al coste de bienes nuevos similares.
  • Los proveedores y acreedores no podrán estar vinculados con la persona o entidad solicitante ni con sus órganos directivos o gestores.

CONDICIONES DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS

  1. Importe: igual o superior a 3.000 € e igual o inferior a 1.000.000 €.
  2. Plazo: un mínimo del préstamo a avalar será de 3 años y no superior a 10 años, incluida una carencia de un máximo de 2 años. En cualquier caso, la vigencia del reaval no superará los 7 años.
  3. Tipo de interés: variable según el tipo de referencia que será el euríbor a plazo de 6 meses por lo que las revisiones se harán semestralmente. El tipo adicional será el que libremente pacten las partes sin que, en ningún caso, pueda exceder los 1,90 puntos porcentuales.
  4. Subvención al tipo de interés: El Igape podrá subvencionar a fondo perdido hasta un importe equivalente a 1,90 puntos porcentuales de los intereses en los 3 primeros años de vigencia del préstamo concedido.
  5. Comisiones: la entidad de crédito podrá repercutir por todos los conceptos en la formalización, una comisión máxima del 0,60%. Para estas comisiones la entidad de crédito podrá estipular un mínimo de hasta 30 €. Las SGR podrán cobrar al cliente hasta el 0,50 %, sin perjuicio de la comisión de aval, por la que podrán cobrar hasta el 1,25%, calculado sobre el saldo vivo anual del importe avalado
  6. Subvención a la comisión de aval: se podrá subvencionar un importe equivalente a 1,25 puntos porcentuales de la comisión de aval en los 3 primeros años de vigencia del préstamo concedido.
  7. Garantías: a favor de las entidades de crédito por el aval de la SGR adherida al convenio, por el 100 % del riesgo. Las contragarantías a favor de la SGR consistirán en el reaval del Igape con unn cobertura de hasta el 25 % del riesgo.

Modalidad Garantías antes terceros vinculadas a operaciones de tráfico o avales tecnicos (Reaval Garantías)

  1. Objeto: Pretende favorecer la capacidad de las pymes para otorgar garantías frente a terceros, en alguna de las siguientes modalidades:
  • Avales financieros para garantizar obligaciones derivadas de contratos de tráfico comercial, anticipos de contratos, entregas a cuenta.
  • Avales no financieros ante terceros. Avales técnicos ante empresas privadas para garantizar la buena ejecución de obras o servicios.
  • Avales vinculados a licitaciones internacionales. Avales en garantía de contratos enel extranjero.
  1. Modalidad de la ayuda: Se bonificará las comisiones del aval de la SGR y, en su caso, de la entidad de crédito. El Igape podrá reavalar hasta el 25 % del riesgo asumido por las SGR como avalistas.
  2. Requisitos específicos de la persona beneficiaria: la titular deberá formalizar un nuevo contrato de financiación, por el que se establezca una línea de avales y fianzas prestadas por la entidad de crédito o SGR en garantía ante terceros, vinculadas al cumplimiento de contratos, operaciones de tráfico o avales técnicos.
  3. Condiciones de las operaciones financieras: Son muy similares a la Linea de Financiación de Reaval Crecimiento, salvo que el plazo máximo de vigencia no puede ser superior a 5 años.

Plazo de Presentación

  • Desde el 12 de mayo de 2023 a las 9:00 horas hasta el 29 de septiembre de 2023.​​

Cuantía de la ayuda

  1. Ayuda en forma de garantía: reaval del Igape durante la vigencia de la operación avalada por un máximo de 7 años, en garantía de un máximo del 25 % del riesgo asumido por la SGR.
  2. Ayuda del Igape en forma de subsidiación de gastos financieros: bonificación del tipo de interés nominal y/o de las comisiones de aval de las operaciones de préstamo acogidas a estas bases en los 3 primeros años de vigencia:
  • Subvención al tipo de interés hasta un importe equivalente a 1,90 puntos porcentuales de los intereses.
  • Subvención a la comisión de aval por un importe equivalente a 1,25 puntos porcentuales de la comisión de aval.

Presupuesto

  • Se dotarán provisiones para atender posibles fallidos del ejercicio 2023 por un importe máximo de 1.500.000,00 euros.
  • Compensaciones económicas a las SGR, mediante créditos disponibles por importe de 160.000 € para el ejercicio 2023, de 130.000 € para el 2024, y de 130.000 € para el 2025.
  • Subsidiación al tipo de interés y/o las comisiones de aval con una dotación de 100.000 € para el ejercicio 2023, 2.950.000 € para el 2024, y de 2.950.000 € para el 2025.

Documentación

Concurrencia no competitiva (por orden de entrada)

¿Quieres saber más?

¡INFÓRMATE YA!

El Consejo adopta nuevas reglas para reducir la deforestación en todo el mundo

● Consejo de la UE
16/05/2023 10:35 | Comunicado de prensa |

El Consejo adopta nuevas reglas para reducir la deforestación en todo el mundo

Hoy, el Consejo ha dado el visto bueno definitivo a un reglamento que tiene como objetivo minimizar el riesgo de deforestación y degradación forestal asociado con los productos que se comercializan o exportan del mercado de la UE.

La UE es un gran consumidor y comerciante de materias primas y productos que desempeñan un papel importante en la deforestación. Las nuevas reglas tienen como objetivo garantizar que el consumo y el comercio de estos productos básicos y productos en la UE no contribuyan a la deforestación y a una mayor degradación de los ecosistemas forestales.

Debida diligencia

El reglamento establece reglas obligatorias de diligencia debida para todos los operadores y comerciantes que colocan, ponen a disposición o exportan los siguientes productos del mercado de la UE: aceite de palma, ganado, madera, café, cacao, caucho y soja .

Las normas también se aplican a una serie de productos derivados , como chocolate, muebles, papel impreso y derivados seleccionados a base de aceite de palma (utilizados, por ejemplo, como componentes en productos de cuidado personal).

Los operadores deberán rastrear los productos básicos que están vendiendo hasta la parcela de tierra donde se produjeron. Al mismo tiempo, las nuevas reglas tienen como objetivo evitar la duplicación de obligaciones y reducir la carga administrativa para los operadores y las autoridades.

También existe la posibilidad de que los pequeños operadores confíen en los grandes operadores para preparar las declaraciones de diligencia debida.

El reglamento establece una fecha límite para las nuevas normas el 31 de diciembre de 2020, lo que significa que solo se permitirán en el mercado de la UE o para ser exportado de la UE.

Comprobaciones de productos

El reglamento crea un sistema de evaluación comparativa , que asigna un nivel de riesgo relacionado con la deforestación y la degradación forestal (bajo, estándar o alto) a países dentro y fuera de la UE.

La categoría de riesgo determinará el nivel de obligaciones específicas de los operadores y las autoridades de los estados miembros para llevar a cabo inspecciones y controles. Esto facilitará un seguimiento mejorado para los países de alto riesgo y una diligencia debida simplificada para los países de bajo riesgo.

Las autoridades competentes deberán realizar controles al 9 % de los operadores y comerciantes que comercialicen productos de países de alto riesgo, al 3 % de países de riesgo estándar y al 1 % de países de bajo riesgo, para comprobar que cumplen efectivamente las obligaciones establecidas abajo en el reglamento.

Además, las autoridades competentes llevarán a cabo controles en el 9 % de las mercancías y productos relevantes colocados, puestos a disposición o exportados de su mercado por países de alto riesgo.

La UE reforzará la cooperación con los países socios, en particular los clasificados como de alto riesgo.

Aspectos de derechos humanos

Las nuevas reglas también tienen en cuenta la protección de los derechos humanos relacionados con la deforestación y se agregó una referencia al principio del consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas.

Sanciones disuasorias

El reglamento incluye disposiciones sobre sanciones, que los Estados miembros deben garantizar que sean efectivas, proporcionadas y disuasorias .

Las multas proporcionales al daño medioambiental y al valor de las mercancías o productos pertinentes deben fijarse en un nivel de al menos el 4 % del volumen de negocios anual de los operadores en la UE e incluir una exclusión temporal de los procesos de contratación pública y del acceso a los servicios públicos. fondos.

Leer más