Consulta Pública sobre o obxectivo climático da UE 2040

Consulta Pública sobre o obxectivo climático da UE 2040

O cambio climático segue sendo o principal problema dos próximos decenios.

A DX do CLIMA e a DX ENERXIA da Comisión Europea lanzaron unha consulta pública sobre o obxectivo climático da UE para 2040.

Esta Comunicación iniciará un proceso destinado a establecer un obxectivo climático para 2040 que sitúe firmemente á UE na vía da neutralidade climática de aquí a 2050. Irá acompañada dunha avaliación de impacto exhaustiva, que servirá de base para un proxecto de lei que estableza o obxectivo para 2040.

A Comisión quere saber o que pensa.

Esta convocatoria de datos está aberta a comentarios. As contribucións recibidas teranse en conta no desenvolvemento e perfeccionamento da iniciativa

Prazo para enviar comentarios: 23 Xuño 2023

Jornada sobre envases y residuos de envases. Nuevas obligaciones Empresariales

Jornada sobre envases y residuos de envases en el marco actual

Con la aprobación del Real Decreto 1055/2022 el pasado mes de diciembre, se introducen nuevas obligaciones en relación con los envases para el sector empresarial.

Desde la CEC en colaboración con ECOEMBES, organizamos una sesión para analizar  los hitos más importantes que fija la normativa, como los plazos establecidos y las obligaciones de las empresas para garantizar la reducción y la reutilización de los envases, así como la reducción de su impacto en el medio ambiente y en la gestión de residuos.

Programa

10:00 h   Presentación

María Botana | CEC

10:10 h   Envases y residuos de envases en el marco actual

Mar Sáenz | ECOEMBES

Germán Casado | ECOEMBES

11:00      Coloquio empresarial

12:00      Cierre

La asistencia es gratuita, pero requiere inscripción. Hay opción presencial y virtual:

[ Inscripción ]

CONVENCE – Grupo Isonor l Subvenciones Programa de Modernización del Comercio – CO300G – CCAA Galicia – Plazo hasta el 30 de junio de 2023

Se remite información de la convocatoria de SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO: FONDO TECNOLÓGICO, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA FINANCIADO POR UNIÓN EUROPEA-NEXTGENERATION EU DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA – CO300G – DOG núm 101 de 30 de mayo de 2023

Le recordamos que desde Convence – Grupo Isonor tramitamos, en algunos casos ejecutamos y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.

A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:

Beneficiarios

  • Línea 1: Ayudas destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales. Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
    1. Que el establecimiento comercial para el cual se solicita la ayuda tenga carácter físico y permanente y esté ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea o comerciantes al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente, deberán tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia
    2. Que la actividad principal del negocio se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los CNAE 46 o 47. Se requerirá que la actividad principal esté dada de alta en algún epígrafe del impuesto de actividades económicas que se corresponda con las actividades incluidas en los CNAE 46 o 47, excepto los epígrafes 616, 654 y 655.
  • Línea 2: Ayudas destinada a asociaciones de comerciantes. Las asociaciones y federaciones de comerciantes sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
     

    1. Que tengan entre sus fines estatutarios la defensa de los intereses del sector comercial.
    2. Que tengan la sede social y el ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Galicia.
    3. Que tengan una antigüedad mínima de tres años en fecha de 30 de mayo de 2023.
    4. En el caso de asociaciones de ámbito municipal, que tengan el número mínimo de comercios asociados dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE establecidos en la línea 1, en función de la población del ayuntamiento y que representen como mínimo el 40% del número de socios de la asociación, que se indica a continuación:
      • Menos de 5.000 habitantes: Mínimo de 10 comercios asociados.
      • De 5.000 a 20.000 habitantes: Mínimo de 20 comercios asociados.
      • Más de 20.000 habitantes: Mínimo de 50 comercios asociados.
    5. En el caso de federaciones, que tengan ámbito provincial o autonómico y tengan asociadas un mínimo de 15 asociaciones de comerciantes que cumplan, además, los requisitos establecidos en el punto 4.

No pueden ser beneficiarias:

  • Las personas solicitantes de las Líneas 1 y 2 de esta subvención que hubiesen resultados beneficiarias en este año 2023 de la anterior convocatoria de esta subvención para el mismo programa subvencionable.
  • Las personas solicitantes que hayan sido objeto de un procedimiento de reintegro total en las ayudas convocadas en materia de comercio por la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación en los años 2021 y 2022.

Actuaciones y Gastos Subvencionables

  • Línea 1: Ayudas destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.

    1. ​Programa smart retail dirigido a la transformación digital del punto de venta y modelo de negocio, a través de las siguientes actuaciones:​
      • Software de gestión de experiencia de la clientela (aplicaciones big data y análisis de datos).
      • Etiquetado electrónico para lineales de venta.
      • Tecnología de control de stocks y tecnología RFID.
      • Gestor de colas automatizado.
      • Sistemas de click and collect y locker digitales.
      • Probadores interactivos.
      • Software para la gestión logística del e-commerce.
      • Soluciones de ciberseguridad.
      • Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots).
      • Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce).
      • Terminales de autopago para la clientela.
    2. Programa visual merchandising dirigido a la mejora de la experiencia de compra, a través de las siguientes actuaciones:
      • Escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela. Esta solución deberá situarse en el punto de venta e incorporar el software para la programación y emisión de contenidos digitales.
      • Estanterías virtuales. Esta solución deberá situarse en el punto de venta e incorporar el software para la programación y emisión de contenidos digitales.
      • Pantallas y mesas interactivas. Esta solución deberá situarse en el punto de venta e incorporar el software para la programación y emisión de contenidos digitales.
      • Tótems publicitarios. Esta solución deberá situarse en el punto de venta e incorporar el software para la programación y emisión de contenidos digitales.
      • Pizarras digitales. Esta solución deberá situarse en el punto de venta e incorporar el software para la programación y emisión de contenidos digitales.
      • Aplicaciones de realidad virtual y aumentada.
    3. Programa Green Store dirigido a la mejora de la eficiencia energética del local y de los recursos, a través de las siguientes actuaciones:
      • Puertas automáticas con sensores de proximidad que redunden en una mejora de la eficiencia energética en el ámbito térmico del local.
      • Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces que mejoren y optimicen el consumo de energía eléctrica.
      • Sistemas de climatización del local energéticamente eficientes.
  • Línea 2: Ayudas destinada a asociaciones de comerciantes.

    1. Mupis digitales, interactivos o no, de señalización y promoción de las áreas comerciales en espacios públicos.
    2. Herramientas digitales colaborativas entre los asociados.
    3. Sistemas de click and collect y lockers digitales.
    4. Redes wifi en las áreas comerciales.
    5. Reducción de insumos por parte de los comercios y de las personas consumidoras en los establecimientos mediante la implantación de alternativas respetuosas con el medio ambiente.
    6. Elaboración y puesta en marcha de procesos ecoeficientes para la correcta separación de los residuos y su posterior reciclado y valoración que incluyan la participación de todos los asociados. Se considerarán subvencionables los gastos relativos a la adquisición de elementos para el correcto reciclaje de los residuos.
    7. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas conjuntas para mejorar la eficiencia en el consumo energético que incluyan la participación de todos los asociados.

No se considera gasto subvencionable:

  • Los ordenadores personales y servidores, televisores, impresoras, terminales de punto de venta, tablets, displays, consolas o similares, excepto el mobiliario tecnológico indicado en las dos líneas.
  • Los gastos realizados en establecimientos dedicados exclusivamente a las máquinas de venta automática.
  • Los gastos dedicados a las actividades que no constituyan la actividad comercial principal de la persona solicitante.
  • Los costes de adquisición de inversiones o los gastos subvencionables superiores al valor de mercado.
  • Los impuestos indirectos ni los tributos de cualquier naturaleza, licencias, permisos o gastos similares. El IVA no será subvencionable en ningún caso.
  • Los gastos de arrendamiento de establecimientos o gastos corrientes de la actividad de la persona beneficiaria ni los gastos de personal.
  • El seguimiento, mantenimiento o cualquier otro gasto relacionado con el funcionamiento y mejora de la solución tecnológica tras su implementación.
  • Los trabajos realizados por la propia persona solicitante de la subvención ni aquellas actuaciones cuando el/la vendedor/a de los activos o el/la prestador/a de la actividad sea de la propia empresa o asociación solicitante o se diese un supuesto análogo del que había podido derivar autofacturación.
  • Los elementos de transporte.
  • Los gastos financieros, reestructuraciones de pasivo o refinanciamientos, circulante y otros impuestos o tasas. Asimismo, no serán subvencionables los gastos bancarios de cualquier tipo de operación, así como aquellos que generen autofacturación.
  • Los inmuebles o artículos de exposición y de prueba susceptibles de posterior venta al público y la instalación de expositores de carácter temporal.
  • En los proyectos de reducción de insumos, los elementos de packaging que no sean reutilizables (en el caso de bolsas) y elaborados con materiales que no sean 100 % reciclados y biodegradables. La inversión máxima subvencionable para los elementos de packaging no podrá superar el 5 % de la inversión máxima subvencionable.
  • Los proyectos desarrollados por las federaciones y asociaciones de comerciantes que sean coincidentes en el mismo territorio y tengan la misma identidad en cuanto a actuación, finalidad y objetivos.
  • Los proyectos cuya inversión no se ajuste al volumen de negocio anual y a las necesidades de la persona solicitante.

Plazo de ejecución

  • Desde el 1 de enero de 2023 y hasta el 29 de septiembre de 2023

Plazo de Presentación

  • Desde el 31/05/2023 hasta el 30/06/2023​​

Inversiones Máximas y Cuantía de la ayuda

  • Línea 1: Ayudas destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.
    1. Personas autónoma y pymes de 0 a 10 personas trabajadoras. Inversión máxima de 50.000,00 €
    2. Personas autónoma y pymes de 11 a 50 personas trabajadoras. Inversión máxima de 100.000,00 €
    3. Personas autónoma y pymes de 51 a 250 personas trabajadoras. Inversión máxima de 200.000,00 €
  • Línea 2: Ayudas destinada a asociaciones de comerciantes.

    1. Asociaciones de 10 a 19 comercios asociados. Inversión máxima de 20.000,00 €
    2. Asociaciones de 20 a 49 comercios asociados. Inversión máxima de 40.000,00 €
    3. Asociaciones de 50 o más comercios asociados. Inversión máxima de 60.000,00 €
    4. Federaciones de comerciantes. Inversión máxima de 100.000,00 €​

Inversión mínima subvencionable: 2.000,00€ IVA excluido

El porcentaje de la subvención será del 90% de las inversiones máximas subvencionables. 

Presupuesto

  • Línea 1: 3.300.000,00 €

  • Línea 2: 500.000,00 €

Documentación

Concurrencia no competitiva (por orden de entrada)

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Se reduce el Período Medio de Pago a proveedores, según el Observatorio de la Morosidad de CEPYME

La Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), ha presentado en rueda de prensa el informe del Observatorio de la Morosidad correspondiente al primer trimestre de 2023, con datos de la evolución de la morosidad empresarial en dicho período:

  • Se ha reducido el Período Medio de Pago (PMP) porque las empresas tratan de evitar la erosión del valor real de los cobros pendientes que provoca la inflación, así como paliar el aumento del coste financiero de la deuda comercial. Si bien en el primer trimestre de 2023 éste ha subido respecto al trimestre anterior (de 80,3 días a 82,1 días), por la estacionalidad propia del comienzo de ejercicio, sin que pierda el indicador la tendencia descendente.
  • El Precio Medio de Pago subió en la industria (PMP) y bajó en los restantes tres grandes sectores (servicios, construcción y agroalimentario). Sin embargo, la subida en la industria obedece a un atípico movimiento del PMP de la rama de electricidad, gas y agua. Si se excluyera dicho subsector, la industria tendría una reducción de su PMP de casi un día.
  • Mientras las grandes empresas pagaron más de 30 días después del vencimiento el 6,9% de las facturas (proporción que fue 6,7% en el caso de las empresas medianas), las microempresas hicieron lo propio con el 12,5% de las facturas.

La morosidad, un problema para las pymes

El presidente de CEPYME, Gerardo Cuerva, señaló en este mismo acto que la morosidad es un factor que lastra la productividad, la competitividad y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas por lo que la lucha contra ella es un factor capital para su organización. Instó a que las autoridades comunitarias aprueben cuanto antes la nueva directiva europea sobre morosidad que debe servir, dijo, para establecer unas reglas de juego claras en este asunto que vayan más allá de lo que es un mero marco de sanciones para los incumplidores. “Solo con un régimen sancionador el problema de la morosidad no se va a solucionar”, señaló.

Desde CEPYME se está trabajando para que esta próxima norma sobre morosidad que se está preparando en Europa se acerque a la realidad de las pymes, subrayó el presidente.

Además del presidente de CEPYME, Gerardo Cuerva, en el acto estuvieron presentes el presidente del Observatorio de Morosidad, Luis Collado, así como el presidente de CONAIF, Francisco Alonso y el presidente de Anfalum y UNE, Alfredo Berges, ambos miembros también del Observatorio.

MAKER FAIRE GALICIA 2023: XORNADAS DA INDUSTRIA

MAKER FAIRE GALICIA 2023

Xornadas da Industria

O vindeiro 1 de xuño, a partir das 9:00 h, na Cidade da Cultura, terán lugar as Xornadas da Industria, dentro das actvidades programadas na Maker Faire Galicia 2023, unha das actuacións incluídas na iniciativa CAPACITA DIRECTIVOS, programa de colaboración entre a Xunta, a Asociación para o Progreso da Dirección, o Círculo de Empresarios de Galicia e Nordés Club Empresarial.

A Maker Faire Galicia 2023 é un punto de unión de empresas e startups. No marco do desenvolvemento do ecosistema empresarial actual, a simbiose entre empresa-startup ou empresa-makers está cobrando cada vez maior protagonismo entre as compañías, que a ven como unha oportunidade para aprender, innovar, crecer e ser más sostibles.

As startups e os makers contribúen á transformación da nova industria 5.0, que ten como obxectivo o desenvolvemento das empresas sostibles e o benestar das persoas. Por iso, este ano as xornadas da industria da Maker xirarán en torno a temas tan relevantes como á intelixencia artificial, a biotecnoloxía, a inclusión, a enerxía e os videoxogos, tan de actualidade e relevancia nos debates e foros empresariais.

Xornadas da industria, 1 de xuño: Aproveita a ocasión e ven a aprender cos expertos e expertas de primeiro nivel procedentes de multinacionais ​e compañías líderes en España​.

Código de invitación Igape: I23IWQMN

MÁIS INFORMACIÓN E INSCRICIÓNS

CONVENCE – Grupo Isonor l Ayudas para la conciliación de la persona trabajadora autónoma de la Comunidad Autónoma de Galicia – TR341R – Plazo hasta 29 de septiembre de 2023

Se remite información de la convocatoria de las AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA PERSONA TRABAJADORA AUTÓNOMA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA-  TR341R  DOG núm 95 de 22 de mayo de 2023

Le recordamos que desde Convence – Grupo Isonor tramitamos y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.

A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:

Beneficiarios

Las personas trabajadoras que estén dadas de alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar como personas trabajadoras por cuenta propia, así como las personas mutualistas.

También pueden ser beneficiarias las personas miembros de las sociedades mercantiles, laborales y civiles y comunidades de bienes, a título individual.

Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener su domicilio fiscal en Galicia.
  • Bono autónomo Concilia I: La persona solicitante tuvo que estar previamente de baja por maternidad o paternidad, o situaciones asimiladas. En el plazo de un año desde la finalización del período de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento, se debe realizar un contrato de cualquier modalidad con el compromiso de una duración mínima de seis meses. La contratación debe realizarse con una persona desempleada, entendiendo como tal a una persona sin ocupación según la vida laboral e inscrita en la oficina de empleo. No es necesario que cumpla estos requisitos si la contratación se realiza con la misma persona que estaba contratada por sustitución de la persona trabajadora autónoma por maternidad o paternidad.
  • Bono autónomo Concilia II: El solicitante tiene que acreditar su relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y/o, en su caso, la acreditación de la convivencia en el mismo domicilio que la persona menor, mayor y/o persona dependiente o con discapacidad igual o superior al 33 %, como mínimo, en los tres últimos meses anteriores a la presentación de la solicitud. La contratación debe realizarse con una persona desempleada, entendiendo como tal a una persona sin ocupación según la vida laboral e inscrita en la oficina de empleo.
  • Bono autónomo Concilia III: La persona solicitante tendrá que acreditar la contratación de un centro o de un servicio de cuidado de menores, mayores y /o persona con discapacidad o dependencia. El solicitante tiene que acreditar su relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y/o, en su caso, la acreditación de la convivencia en el mismo domicilio que la persona menor, mayor y/o persona dependiente o con discapacidad igual o superior al 33 %, como mínimo, en los tres últimos meses anteriores a la presentación de la solicitud. En caso de menores acogidos no será necesario acreditar la convivencia previa.

Acciones Subvencionables

  • Bono autónomo Concilia I: Las contrataciones que se realicen para apoyar a la persona autónoma en su negocio una vez finalizada su baja por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, con una duración mínima de seis meses, que se inicien entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023.
  • Bono autónomo Concilia II: La contratación realizada por una persona trabajadora autónoma para apoyar el cuidado de menores, mayores, personas con discapacidad y/o dependientes, con una duración mínima de seis meses, para las contrataciones que inicien entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023.
  • ​​Bono autónomo Concilia III: Los gastos de servicios de cuidado de personas menores, mayores y/o con discapacidad o dependencia realizados en el periodo entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023.

Plazo de Presentación

  • Desde el 23 de mayo de 2023 hasta el 29 de septiembre de 2023

Cuantía de la ayuda

  • Bono autónomo Concilia I: 500 € por mes completo, según la duración indicada en la comunicación de la contratación, con un máximo de doce meses de contratación. Cuanto se trate de contrataciones con una jornada a tiempo parcial, la cuantía será proporcional al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, en la jornada máxima legal.
  • Bono autónomo Concilia II: 500 € por mes completo, según la duración indicada en la comunicación de la contratación, con un máximo de doce meses de contratación. Cuanto se trate de contrataciones con una jornada a tiempo parcial, la cuantía será proporcional al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, en la jornada máxima legal.
  • Bono autónomo Concilia III: 75 % del coste del centro o del servicio de cuidado de menores, mayores y/o personas con discapacidad o dependientes, hasta un máximo de 3.000 €.
  • Los tres tipos de bonos Concilia son compatibles entre sí.

Presupuesto

  • 1.000.000,00 euros

Documentación

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AGASCA COMUNICA: Noticias publicadas en diversos medios.

Galicia a la cola de España y Europa en la implantación del coche eléctrico

Medio: Atlántico

La economía gallega acelera en su mejor inicio desde 2018

Medio: El Progreso

Galicia pionera en la repotenciación de parques eólicos

Medio: El Correo Gallego

Las empresas gallegas asumen que no cubren vacantes por los salarios y las condiciones laborales

Medio: La Voz de Galicia

Vidrio, aluminio y acero se fabricarán con hidrogeno verde en menos de un año

Medio:La Voz de Galicia

CEOE revisa las previsiones económicas para 2023: Crecimiento del empleo y PIB en aumento

Medio: Economía Digital

La revisión del reglamento de gases fluorados

Desde hace varios años, la Comisión Europea viene trabajando en la revisión del reglamento de gases fluorados, conocido como F-Gas. Este reglamento regula la comercialización de los gases fluorados de efecto invernadero a través de prohibiciones y restricciones. Concretamente, establece un sistema de cuotas de hidrofluorocarburos que pueden comercializarse en el mercado comunitario cada año. El reglamento actualmente vigente se aprobó en 2014, y la Comisión Europea publicó en abril de 2022 la propuesta de revisión del reglamento. Recientemente, en marzo el Parlamento, y en abril el Consejo, han hecho públicas sus posturas.

La revisión del reglamento F-Gas

La propuesta de la Comisión para la revisión del reglamento F-Gas introducía alguna nueva prohibición sobre las que ya estaban vigentes; pero sobre todo establecía un calendario más acelerado de reducción de los hidrofluorocarburos (HFC). Siguiendo el proceso legislativo de la Unión Europea, esta propuesta de la Comisión debe aprobarse por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE. El parlamento ha presentado en marzo una serie de enmiendas para añadir nuevas prohibiciones, pero estas deben consensuarse entre las partes. Por su parte el Consejo también ha presentado su informe.

La Comisión, el Parlamento y el Consejo aún no se han puesto de acuerdo en muchos términos, pero en lo que sí coinciden es en la drástica reducción de la cuota anual de HFC que se podrán comercializar en la UE en los próximos años. El reglamento de 2014 establecía un calendario de reducción por etapas hasta aproximadamente la mitad de la actual cuota de HFC en 2030. Este calendario debía ser revisado para cumplir con los objetivos de Kigali a partir de 2034. Sin embargo la revisión de la F-Gas propone un calendario mucho más agresivo: se reduciría la cuota aproximadamente a la mitad cada 3 años, hasta la práctica erradicación de los HFC.

Evolución del consumo de gases fluorados en España

Desde que en 2015 el reglamento F-Gas entrara en vigor ha sido posible reducir el consumo anual de estos gases en España, medidos por su efecto invernadero, desde 32 a 12 millones de toneladas equivalentes de CO2. Esto ha sido en gran parte posible gracias a los gases sustitutivos de moderado efecto invernadero.

Sin embargo, el consumo de gases fluorados parece encontrarse estancado en los últimos cinco años. Y es que ya no existe gas sustituto que valga para reducir aún más el efecto invernadero. La refrigeración sigue siendo el gran sector de demanda, y la reducción en el consumo de gas por el lento ritmo de transformación de este sector a soluciones alternativas se contrarresta por el aumento de la actividad.

El siguiente gráfico muestra la evolución del consumo de hidrofluorocarburos en España desde 2014 hasta 2021. Ha sido elaborado con datos extraídos del Inventario Español de Gases de Efecto Invernadero. El gráfico recoge tanto el gas incorporado en equipos nuevos, como las fugas de gas de equipos existentes. Estas últimas principalmente se deducen del consumo de gas para mantenimiento del parque de equipos. La gráfica se compara con la reducción de cuotas del reglamento F-gas para toda la UE, que se representa en otra escala en el eje de la derecha. Se han superpuesto ambas gráficas para hacer coincidir aproximadamente el consumo en España de 2021 con la cuota disponible ese año para toda la UE.

Evolución y proyección futura del consumo de HFC en España vs cuotas de F-Gas en la UE. Elaboración propia a partir de los datos del Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero de 2023.

El fin de los gases fluorados

Para 2024, 2027 y 2030 se ha hecho el ejercicio de proyectar la demanda futura de gas fluorado en el mercado Español. La proyección tiene en cuenta la aplicación de las futuras prohibiciones de uso y las necesidades de mantenimiento del parque de equipos. Esto nos permite comparar la evolución de la demanda esperada con la evolución de la cuota disponible para la UE.

En el mejor de los escenarios, el sector podría amoldarse al calendario de reducción inicial del reglamento F-Gas de 2014; pero la inminente revisión del reglamento con la aceleración del calendario daría lugar a un déficit de oferta de gas fluorado a partir de 2024. Mucho peor será a partir de 2027, donde apenas se cubriría la demanda de gas para recarga de los equipos existentes; mientras que en 2030 ya no habría gas ni para mantenimiento del parque de equipos.

Por lo pronto esto ya ha iniciado la escalada del precio del gas fluorado hacia final de año. Pero lo importante es que tenemos que ser conscientes de que estamos asistiendo al declive de los gases fluorados, y que todo el sector necesita adaptarse ya a las soluciones alternativas: glicol, R290, CO2 y amoniaco.

NP_Nuevo calentador Hydro 4200 de Junkers Bosch, reducido tamaño y máxima eficiencia

Nuevo calentador Hydro 4200 de Junkers Bosch, reducido tamaño y máxima eficiencia

  • El nuevo calentador de Junkers Bosch ofrece elevada eficiencia en un diseño compacto.
  • Una instalación rápida y sencilla, la gran ventaja del nuevo calentador.

Madrid, 29 de mayo de 2023. La eficiencia energética es clave a la hora de seleccionar qué equipos instalar en nuestro hogar, ya que permite reducir la inversión económica. En este sentido, disminuir y optimizar el consumo energético, es esencial para alcanzar un óptimo nivel de confort.

Por ello, Junkers Bosch incorpora un nuevo calentador atmosférico de 10 litros con encendido por baterías y clasificación energética A. El nuevo modelo Hydro 4200 destaca por su reducido tamaño que, con tan solo 580 mm de altura, ofrece grandes beneficios en cuanto a las posibilidades de instalación.

Además, sus bajas emisiones de NOx reducen el impacto medio ambiental, lo que le sitúa a la vanguardia del mercado y se convierte en la opción perfecta para aquellos que buscan una solución eficiente y sostenible en el reemplazo de sus equipos.

Sus sensores internos adicionales, así como la modulación automática de llama, proporcionan mayor seguridad y protección ante problemas de funcionamiento, garantizando un control preciso de la temperatura, adecuando la producción de calor a las necesidades y demandas de cada situación.

Su instalación es rápida y sencilla gracias a que mantiene las mismas conexiones de agua y gas de los calentadores Junkers de siempre, lo que convierte al calentador Hydro 4200 en la solución adecuada para reemplazar un modelo anterior.

Sin duda, el nuevo calentador con un cuidado diseño y exclusivo de Bosch, pone de relieve la apuesta de Junkers Bosch por la sencillez y la eficiencia.

Para más información sobre el nuevo calentador, consulte la web de Junkers Bosch. 

Nuevas normas para maquinaria: el Consejo da su visto bueno definitivo

● Consejo de la UE
22/05/2023 10:08 | Comunicado de prensa |

Nuevas normas para maquinaria: el Consejo da su visto bueno definitivo

El Consejo ha adoptado hoy el nuevo Reglamento sobre máquinas. La legislación propuesta actualiza la directiva de máquinas de 2006 y la transforma en un reglamento. El nuevo texto armoniza los requisitos esenciales de salud y seguridad para la maquinaria en la UE, promueve la libre circulación de maquinaria y garantiza un alto nivel de seguridad para los trabajadores y los ciudadanos.

«Las normas actualizadas permitirán que la industria europea opere bajo un marco legal nuevo y mejorado. Garantizarán un alto nivel de protección para nuestros trabajadores y nuestros ciudadanos, al tiempo que aumentarán la competitividad y la reputación de la maquinaria fabricada en la UE».
Paulina Brandberg, Ministra de Igualdad de Género y Vida Laboral

Requisitos de conformidad y documentación

El reglamento adoptado hoy hace obligatoria una evaluación de la conformidad por parte de terceros para seis categorías de maquinaria de «alto riesgo».

La información de seguridad deberá proporcionarse con cada producto, pero en línea con la transición digital, la regulación establece que las instrucciones digitales serán la opción predeterminada. Las instrucciones en papel seguirán siendo una opción para los clientes que las soliciten.

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